En el autor, D. Francisco Ruíz Marco, se concitan dos cualidades escasas en el mundo del Derecho, cuales son la de ostentar, de un lado, la cualidad de Doctor en Derecho Penal y autor de múltiples monografías (de entre las que cabe destacar su estudio sobre los “delitos socioeconómicos”, su análisis de “La tutela penal del derecho de crédito” o la Dirección del equipo de Formularios a las obras “Práctica Procesal Penal” y “Los Procesos Civiles”) y, de otro, la de Abogado en ejercicio, con amplia experiencia profesional. Esta simbiosis entre teoría y práctica jurídica también concurre en esta obra, que me complace prologar, y que tiene como finalidad efectuar un estudio actualizado de los delitos contra la intimidad (arts. 197 o 201 CP) con especial atención al factor que más intensamente los ha condicionado en los últimos años y que, previsiblemente, en el futuro, será determinante: la informática.
Como es sabido, la informática y las telecomunicaciones han operado una doble y decisiva influencia en la intimidad de los ciudadanos: a) la informática ha modificado el concepto mismo del bien jurídico, “intimidad” y, así, de un simple derecho de exclusión o “derecho a ser dejado en paz”, tal y como la definieron los jueces Warren y Bandreis, se ha pasado, en la actualidad, a un derecho de control sobre los datos personales , esto es, el derecho al “habeas data” o libertad informática; b) La informática y las redes interconectadas posibilitan nuevas formas de ataque a la intimidad: hacking, interceptación de conversaciones, injerencia en el correo electrónico, acceso ilegal a bases de datos personales, tráfico de datos personales por “internet”, etc. Como consecuencia de esta doble influencia, el panorama de la intimidad de los ciudadanos y el catálogo de posibles ataques a la misma se ha visto transformado radicalmente, lo que ha obligado al legislador a introducir en el C.P. de 1.995 nuevos tipos penales, de los que se ocupa con profundidad y rigor conceptual la presente monografía del Dr. Ruiz Marco.
Para el logro de la finalidad propuesta por el autor, cual es el estudio actualizado de los delitos contra la intimidad a través de las tecnologías de la información, el autor ha elaborado un análisis dogmático de todas y cada una de las figuras delictivas concernidas, con la particularidad de que dicho estudio lo ha enriquecido, además, con contenidos tales, como los siguientes: a) la inclusión de casos reales de ataques, a través de medios informáticos, a la intimidad, ocurridos recientemente en España o en el extranjero, ejemplos que sirven para “ilustrar” las nuevas conductas delictivas y sus riesgos potenciales (así, el caso “Wester Unión” [pág. 22], el del CESID [pág. 87], el de acceso a los ordenadores de Presidencia del Gobierno [pág. 24] o los casos “Echelon” [pág. 31] y “Carnívoro” [pág. 87], etc.); b) la determinación y definición de los conceptos informáticos básicos (“sniffer”, FTP, “intranet”, “telnet”, encriptación de datos, etc.) que ayudan a entender las nuevas modalidades y los nuevos instrumentos de ataque a la intimidad (pág. 24, 28, 71, etc.).
En este estudio de los delitos contra la intimidad el lector encontrará un exhaustivo estudio de temas, tales como los nuevos riegos para la intimidad derivados del uso de la informática (navegación por internet, etc.) (págs. 29 y ss.); el nuevo concepto de “apoderamiento de los datos” (“aprehensión virtual”) (págs. 51 a 53); los ataques a la intimidad desde los poderes públicos (págs. 31 y ss. y 86 a 89); el nuevo concepto de “privacidad informática” (págs. 44 y 45); el acceso (lectura) del empresario al correo electrónico del trabajador (págs. 54 y ss.); la intimidad y el derecho a la prueba (págs. 59 a 62) y el valor probatorio de la información obtenida mediante la invasión de la intimidad (pág. 67 y ss.)
Pero la obra del Dr. Ruíz Marco no se limita a efectuar un estudio meramente doctrinal de los correspondientes tipos penales, sino que incluye también la jurisprudencia más relevante, sobre la materia, pronunciada, desde la promulgación del nuevo Código Penal hasta el día 31 de abril de 2001, tanto por el T.C., como por el T.S. y las A. P., lo que permitirá al lector encontrar, en esta obra, una solución adecuada a los principales problemas que, sobre la informática y el derecho a la intimidad, pueden surgir en la práctica forense. Nos encontramos, en suma, ante una obra especialmente útil, no sólo para el teórico, sino, en general, para todos los profesionales del Derecho.
El Campello (Alicante), 16 de Junio de 2.001.
Vicente Gimeno Sendra.
Catedrático de Derecho Procesal